Ley Federal de Sanidad Animal
Título QUINTO: DEL DISPOSITIVO NACIONAL DE EMERGENCIA DE SANIDAD ANIMAL, RECURSO DE OPERACIÓN Y FONDO DE CONTINGENCIA Y TRAZABILIDAD
Capítulo II: Del Recurso de Operación y Fondo de Contingencia
Artículo 83. Cuando se requiera despoblar una unidad de producción, por la presencia de un brote de enfermedad o plaga que se encuentre en campaña zoosanitaria y si se comprueba que el brote se originó por falta de cumplimiento de las disposiciones zoosanitarias que la Secretaría expida para tal efecto, el responsable será sancionado y cubrirá los costos que se originen por esta actividad.