Ley Federal de Sanidad Animal
Título DÉCIMO PRIMERO: DE LA DENUNCIA CIUDADANA, RECURSO DE REVISIÓN, INFRACCIONES Y DELITOS
Capítulo III: De las Infracciones
Artículo 169. La Secretaría impondrá las multas teniendo en cuenta la gravedad de la falta y las condiciones económicas del infractor, conforme a la tabla del artículo siguiente y de acuerdo con el tabulador que se indica.
A. De 20 a 1000 días de salario mínimo.
B. De 1000 a 10,000 días de salario mínimo.
C. De 10,000 a 50,000 días de salario mínimo.
D. De 50,000 a 100,000 días de salario mínimo.
Para los efectos del presente artículo por salario se entiende el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, al momento de cometerse la infracción.