Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Título SÉPTIMO: De las Sanciones e Indemnizaciones
Capítulo ÚNICO
Artículo 117. Los ejecutores de gasto informarán a la autoridad competente cuando las infracciones a esta Ley impliquen la comisión de una conducta sancionada en los términos de la legislación penal.