Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
Capítulo V: DE LOS PROCEDIMIENTOS
Sección Segunda: De la Reclamación.
Artículo 60. El informe solicitado a los servidores públicos presuntamente responsables, deberá rendirse en un plazo no mayor a 10 días hábiles, contados a partir de la fecha en que surta efectos la notificación.