Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
Capítulo VII: Del Procedimiento de Protección de Derechos
Artículo 51. Las resoluciones del Instituto podrán:
I. Sobreseer o desechar la solicitud de protección de datos por improcedente, o
II. Confirmar, revocar o modificar la respuesta del responsable.