Ley Federal del Procedimiento Administrativo
Título CUARTO: DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Capítulo UNICO
Artículo 75. Las autoridades competentes harán uso de las medidas legales necesarias, incluyendo el auxilio de la fuerza pública, para lograr la ejecución de las sanciones y medidas de seguridad que procedan.