Ley Federal sobre Metrología y Normalización
Título SEGUNDO: METROLOGIA
Capítulo III: De la Medición Obligatoria de las Transacciones
Artículo 18. La Secretaría exigirá que los instrumentos para medir que sirvan de base para transacciones, reúnan los requisitos señalados por esta Ley, su reglamento o las normas oficiales mexicanas a fin de que el público pueda apreciar la operación de medición.