Ley Federal sobre Metrología y Normalización
Título SEGUNDO: METROLOGIA
Capítulo II: De los Instrumentos para Medir
Artículo 14. Los instrumentos para medir cuando no reúnan los requisitos reglamentarios serán inmovilizados antes de su venta o uso hasta en tanto los satisfagan. Los que no puedan acondicionarse para cumplir los requisitos de esta Ley o de su reglamento serán inutilizados.