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Ley Federal sobre Metrología y Normalización

Título SEGUNDO: METROLOGIA

Capítulo II: De los Instrumentos para Medir

Artículo 14. Los instrumentos para medir cuando no reúnan los requisitos reglamentarios serán inmovilizados antes de su venta o uso hasta en tanto los satisfagan. Los que no puedan acondicionarse para cumplir los requisitos de esta Ley o de su reglamento serán inutilizados.

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