Ley Federal del Mar
Título PRIMERO: Disposiciones Generales
Capítulo I: De los Ambitos de Aplicación de la Ley
Artículo 5o. Los Estados extranjeros y sus nacionales, al realizar actividades en las zonas marinas enumeradas en el Artículo 3o., observarán las disposiciones que para cada una de ellas establece la presente Ley, con los derechos y obligaciones consecuentes.