Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil
Capítulo TERCERO: De las Autoridades y las Acciones de Fomento
Artículo 12. La Secretaría de Desarrollo Social será la encargada de coordinar a las dependencias y entidades para la realización de las actividades de fomento a que se refiere la presente ley, sin perjuicio de las atribuciones que las demás leyes otorguen a otras autoridades.