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Ley Federal de Defensoría Pública

Título PRIMERO: De la Defensoría Pública

Capítulo I: Disposiciones Generales

Artículo 9. El Director General, los defensores públicos, asesores jurídicos y el personal técnico del Instituto Federal de Defensoría Pública, serán considerados servidores públicos de confianza.

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