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Ley Federal del Derecho de Autor

Título III: De la Transmisión de los Derechos Patrimoniales

Capítulo II: Del Contrato de Edición de Obra Literaria

Artículo 54. Los impresores deben hacer constar en forma y lugar visible de las obras que impriman:

  1. I. Su nombre, denominación o razón social;

    II. Su domicilio, y

    III. La fecha en que se terminó de imprimir.

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