Ley Federal del Derecho de Autor
Título III: De la Transmisión de los Derechos Patrimoniales
Capítulo II: Del Contrato de Edición de Obra Literaria
Artículo 54. Los impresores deben hacer constar en forma y lugar visible de las obras que impriman:
I. Su nombre, denominación o razón social;
II. Su domicilio, y
III. La fecha en que se terminó de imprimir.