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Ley Federal del Derecho de Autor

Título XI: De los Procedimientos

Capítulo III: Del Arbitraje

Artículo 226. Los laudos del grupo arbitral:

  1. I. Se dictarán por escrito;

    II. Serán definitivos, inapelables y obligatorios para las partes;

    III. Deberán estar fundados y motivados, y

    IV. Tendrán el carácter de cosa juzgada y título ejecutivo.

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