Ley Federal del Derecho de Autor
Título X: Del Instituto Nacional del Derecho de Autor
Capítulo Unico
Artículo 209. Son funciones del Instituto:
I. Proteger y fomentar el derecho de autor;
II. Promover la creación de obras literarias y artísticas;
III. Llevar el Registro Público del Derecho de Autor;
IV. Mantener actualizado su acervo histórico, y
V. Promover la cooperación internacional y el intercambio con instituciones encargadas del registro y protección del derecho de autor y derechos conexos.