Ley Federal de Derechos
Título PRIMERO: De los Derechos por la Prestación de Servicios
Capítulo VII: Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Sección Tercera: Certificación y Protección del Obtentor de Variedades Vegetales
Artículo 90. Por los servicios de certificación sobre producción de semillas, se pagará el derecho de certificación de semilla conforme a lo siguiente:
I. Por la expedición de certificado de origen para exportación, por cada uno $276.98
II. Por la expedición de certificados de calidad, por etiqueta $1.0892
III. Por la autorización a personas físicas o morales como organismos de certificación de semillas o como mantenedores de la identidad varietal:
a) Autorización $7,518.01
b). Por refrendo anual $3,758.93
c). (Se deroga).
IV. Por el estudio de la solicitud y, en su caso, la inscripción en el catálogo de variedades factibles de certificación $230.98
V. Por la expedición del certificado internacional de calidad de semilla, por etiqueta $3.00
VI. Por la expedición de certificado internacional de calidad, para semilla finalmente
no certificada $300.00