Ley Federal de Derechos
Título PRIMERO: De los Derechos por la Prestación de Servicios
Capítulo VII: Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Sección Tercera: Certificación y Protección del Obtentor de Variedades Vegetales
Artículo 87. Por los servicios que se presten al obtentor de variedades vegetales, se pagará el derecho del obtentor, conforme a las siguientes cuotas:
I. Por el estudio y trámite de la solicitud de protección de derechos del
obtentor $11,778.37
II. Por la expedición de la constancia de presentación $626.38
III. Por la expedición del título del obtentor. $5,763.76
IV. Por el reconocimiento del derecho de prioridad $626.38
V. Por cambio de denominación $1,591.25