Ley Federal de Derechos
Título PRIMERO: De los Derechos por la Prestación de Servicios
Capítulo III: De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Sección Primera: Inspección y Vigilancia
Artículo 31-A-A. Por el servicio de autorización que proporciona la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas respecto de agentes de fianzas, se pagarán derechos de autorización conforme a las siguientes cuotas:
I. Por la autorización definitiva a agentes de fianzas personas físicas para actuar por cuenta propia con vigencia de tres años $2,347.29
II. Por el refrendo trianual de las autorizaciones definitivas a agentes personas
físicas $1,228.10
III. Por la autorización a agentes de fianzas personas morales $7,462.87
IV. Por la autorización para ejercer la actividad de apoderado de un agente de fianzas persona moral para intervenir en el asesoramiento y contratación de fianzas $2,347.29
V. Por el refrendo trianual de la autorización a que se refiere la fracción
anterior $1,228.10
VI. Por la autorización provisional proporcionada a agentes de fianzas personas
físicas. $1,493.49
VII. Por la autorización para ejercer la actividad de agente mandatario de instituciones de
fianzas $115.14
VIII. Por la presentación del examen de acreditación de la capacidad técnica, para ejercer la actividad de agente de fianzas persona física o apoderado de agente de fianzas persona moral $536.10
IX. Por la presentación de una sola prueba del examen de acreditación de la capacidad técnica, para ejercer la actividad de agente de fianzas persona física o apoderado de agente de fianzas persona moral $300.00