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Ley Federal de Derechos

Título PRIMERO: De los Derechos por la Prestación de Servicios

Capítulo III: De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Sección Primera: Inspección y Vigilancia

Artículo 31-A-A. Por el servicio de autorización que proporciona la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas respecto de agentes de fianzas, se pagarán derechos de autorización conforme a las siguientes cuotas:

  1. I. Por la autorización definitiva a agentes de fianzas personas físicas para actuar por cuenta propia con vigencia de tres años $2,347.29

    II. Por el refrendo trianual de las autorizaciones definitivas a agentes personas

    físicas $1,228.10

    III. Por la autorización a agentes de fianzas personas morales $7,462.87

    IV. Por la autorización para ejercer la actividad de apoderado de un agente de fianzas persona moral para intervenir en el asesoramiento y contratación de fianzas $2,347.29

    V. Por el refrendo trianual de la autorización a que se refiere la fracción

    anterior $1,228.10

    VI. Por la autorización provisional proporcionada a agentes de fianzas personas

    1. físicas. $1,493.49

      VII. Por la autorización para ejercer la actividad de agente mandatario de instituciones de

      fianzas $115.14

      VIII. Por la presentación del examen de acreditación de la capacidad técnica, para ejercer la actividad de agente de fianzas persona física o apoderado de agente de fianzas persona moral $536.10

      IX. Por la presentación de una sola prueba del examen de acreditación de la capacidad técnica, para ejercer la actividad de agente de fianzas persona física o apoderado de agente de fianzas persona moral $300.00

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