Ley Federal de Derechos
Título PRIMERO: De los Derechos por la Prestación de Servicios
Capítulo XVII: Secretaría de la Defensa Nacional
Sección Segunda: Servicios relacionados con el Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos
Artículo 195-V-V. Por los servicios relacionados con explosivos, sustancias químicas, armas o municiones, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:
I. Por la expedición de cada permiso general para el transporte especializado de explosivos, sustancias químicas relacionadas con éstos, artificios, armamento o
municiones $10,242.13
II. Por el trámite de autorización:
a). De libros de compras y ventas a personas físicas o morales con permiso
general $132.69
b). Para cambio de razón social a un permiso general $1,528.51
III. Por la autorización para modificar un permiso general en cualquiera de sus condiciones, por ubicación, técnica de trabajo u otro motivo que no afecte la clase de producción
permitida. $10,154.38