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Ley Federal de Derechos

Título PRIMERO: De los Derechos por la Prestación de Servicios

Capítulo X: De la Secretaría de Educación Pública

Sección Primera: Servicios que prestan los Institutos Nacionales de Bellas Artes y Literatura y de Antropología e Historia

Artículo 176-A-A. Por el trámite de la solicitud y, en su caso, el otorgamiento del permiso de exportación temporal de monumentos artísticos que se soliciten al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura en los términos de la legislación aplicable, se pagará el derecho sobre monumentos artísticos, por pieza, conforme a la cuota de: $35.90

No se pagará este derecho por los permisos que soliciten la Federación, las Entidades Federativas o los Municipios.

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