Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público

Título SEGUNDO: De la Administración de Bienes

Artículo 6o. Todos los bienes asegurados, incluyendo los billetes y monedas de curso legal, divisas, metales preciosos, los bienes numismáticos o filatélicos y los bienes con valor artístico o histórico, serán administrados por el SAE.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.