Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Título CUARTO: DE LAS FACULTADES DE LAS AUTORIDADES
Capítulo Segundo: Del Fomento y Apoyo a los Fondos de Aseguramiento
Artículo 92. Agroasemex será la institución responsable de ejecutar las acciones de fomento y apoyo que le señalen los programas que establezca el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, de conformidad con las reglas de operación que emitan las autoridades competentes de acuerdo con dicho Decreto y en los términos de los mandatos o convenios que suscriba con la SAGARPA y la Secretaría, según su ámbito de competencia.