Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Título PRIMERO: DE LOS FONDOS DE ASEGURAMIENTO
Capítulo Cuarto: De su Funcionamiento y Operación
Artículo 30. Los Fondos de Aseguramiento sólo podrán ofrecer servicio de seguros a sus socios por lo que no podrán otorgar protección a terceras personas.