Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar
Título TERCERO: DE LAS ORGANIZACIONES DE ABASTECEDORES DE CAÑA DE AZÚCAR
Capítulo IV: Del Padrón Nacional de Abastecedores de Caña
Artículo 49. El Padrón Nacional servirá de base para fomentar y fortalecer los programas y acciones de Gobierno orientados a la modernización y desarrollo de las zonas de abastecimiento.