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Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Capítulo II: Principios Generales de Disciplina Militar

Artículo 9o. El militar que manifieste al superior el mal estado en que se encuentran sus tropas, deberán hacerlo con discreción, exponiendo sin exagerar, las circunstancias en que se hallan, a fin de que se provea lo necesario.

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