Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Capítulo IV: Consejo de Honor
Artículo 40. El Consejo de Honor, emplazará al militar de cuya conducta va a conocer para hacerle saber la causa por que se le juzga y oír sus descargos, a fin de que se le imparta estricta justicia.