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Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Capítulo II: Principios Generales de Disciplina Militar

Artículo 21. El militar debe comportarse con el más alto grado de cortesía y educación, guardando la compostura que corresponde a su dignidad y la marcialidad que debe ostentar como miembro del Ejército y Fuerza Aérea.

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