Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Capítulo II: Principios Generales de Disciplina Militar
Artículo 21. El militar debe comportarse con el más alto grado de cortesía y educación, guardando la compostura que corresponde a su dignidad y la marcialidad que debe ostentar como miembro del Ejército y Fuerza Aérea.