Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
Capítulo Cuarto: Del Consejo Nacional para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
Artículo 21. El domicilio del Consejo será en el Distrito Federal y sesionará en las instalaciones de la Secretaría, siempre que éste no acuerde una sede alterna.