Ley que Crea la Universidad Autónoma de Chapingo
Capítulo III: Del Patrimonio de la Universidad
Artículo 12. El patrimonio de la Universidad estará constituido por:
I. Los bienes que asigne el Gobierno Federal y que se encuentren al servicio de la Escuela Nacional de Agricultura.
II. Los subsidios que le otorguen los gobiernos de la Federación, de los Estados y de los Municipios;
III. Los ingresos que obtenga por los servicios que preste, y
IV. Los bienes, derechos y demás ingresos que adquiera por cualquier título legal.