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Ley sobre el Contrato de Seguro

Título II: Contrato de seguro contra los daños

Capítulo II: Seguro contra incendio

Artículo 122. En el seguro contra incendio, la empresa aseguradora contrae la obligación de indemnizar los daños y pérdidas causados ya sea por incendio, explosión, fulminación o accidentes de naturaleza semejante.

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