Ley sobre el Contrato de Seguro
Título II: Contrato de seguro contra los daños
Capítulo II: Seguro contra incendio
Artículo 122. En el seguro contra incendio, la empresa aseguradora contrae la obligación de indemnizar los daños y pérdidas causados ya sea por incendio, explosión, fulminación o accidentes de naturaleza semejante.