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Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores

Título PRIMERO: DE LA NATURALEZA, OBJETO Y FACULTADES

Capítulo I: DE LA NATURALEZA Y OBJETO

Artículo 2. La Comisión tendrá por objeto supervisar y regular en el ámbito de su competencia a las entidades integrantes del sistema financiero mexicano que esta Ley señala, a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, así como mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo de dicho sistema ensu conjunto, en protección de los intereses del público.

También será su objeto supervisar y regular a las personas físicas y demás personas morales, cuando realicen actividades previstas en las leyes relativas al citado sistema financiero.

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