Ley de Concursos Mercantiles
Título SEGUNDO: De losórganos del concurso mercantil
Capítulo I: Del visitador, del conciliador y del síndico
Artículo 57. La impugnación del nombramiento del visitador, conciliador o síndico no impedirá su entrada en funciones, ni suspenderá la continuación de la visita, la conciliación o la quiebra.