Ley de Concursos Mercantiles
Título PRIMERO: Disposiciones generales y declaración de concurso mercantil
Capítulo VI: De la apelación de la sentencia de concurso mercantil
Artículo 53. La sentencia de revocación del concurso mercantil se notificará y publicará en términos de los anteriores artículos 44 y 45 y se estará, en lo conducente, a lo dispuesto en el artículo 48 de esta Ley.