Ley de Concursos Mercantiles
Título NOVENO: De la terminación del concurso mercantil
Capítulo Único: De la terminación del concurso mercantil
Artículo 263. Podrán solicitar al juez la terminación del concurso mercantil por las causales a que se refieren las fracciones III y IV del artículo anterior el conciliador, el síndico, cualquier Acreedor Reconocido o cualquier interventor.