Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones
Título QUINTO: SANCIONES
Capítulo Primero: Sanciones
Artículo 44. La aplicación de las sanciones que se establecen en este título no libera al infractor del cumplimiento de las obligaciones que dispone esta Ley; se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que resulte.