Ley que Crea la Agencia Espacial Mexicana
Capítulo II: Organización y Funcionamiento
Artículo 13. La vigilancia del organismo estará a cargo del Gobierno Federal, por conducto de un Comisario Público propietario y un suplente, designados por la Secretaría de la Función Pública; lo anterior, sin perjuicio de sus propios órganos internos de control que sean parte integrante de la estructura del organismo.
El Comisario Público asistirá, con voz pero sin voto, a las sesiones de la Junta de Gobierno.