Ley que Crea la Agencia Espacial Mexicana
Capítulo II: Organización y Funcionamiento
Artículo 12. El Director General es el responsable de la conducción, administración y buena marcha de la Agencia, y tendrá las siguientes facultades:
I. Elaborar el Programa Nacional de Actividades Espaciales y someterlo a la aprobación de la Junta de Gobierno;
II. Celebrar y otorgar toda clase de actos y documentos inherentes a su objeto;
III. Ejercer las más amplias facultades de dominio, administración y pleitos y cobranzas, aun de aquellas que requieran de autorización especial, según otras disposiciones legales o reglamentarias con apego a la Ley;
IV. Emitir, avalar y negociar títulos de crédito;
V. Formular querellas y otorgar perdón;
VI. Ejercitar y desistirse de acciones judiciales, inclusive del juicio de amparo;
VII. Comprometer asuntos en arbitraje y celebrar transacciones;
VIII. Otorgar poderes generales y especiales con las facultades que le competan, entre ellas las que requieran autorización o cláusula especial;
IX. Informar a la Junta de Gobierno respecto a sus actividades;
X. Elaborar el proyecto de Reglamento Interno, Estatuto Orgánico, el Manual de Organización General, los de Procedimientos y de Servicios al Público de la Agencia.
XI. Sustituir y revocar poderes generales o especiales;
XII. Dar seguimiento y cumplimiento a los acuerdos de la Junta de Gobierno, y
XIII. Las demás que le señalen el Estatuto Orgánico, la presente Ley y otros ordenamientos.