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Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía

Título SEGUNDO: DE LA PLANEACIÓN

Capítulo PRIMERO: DE LA PLANEACIÓN Y LA PARTICIPACIÓN SOCIAL

Artículo 3. El Ejecutivo Federal, en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática del Desarrollo, incorporará objetivos y estrategias en el Plan Nacional de Desarrollo, para el aprovechamiento sustentable de la energía.

Con base en dichos objetivos y estrategias deberá elaborarse el Programa.

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