Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía
Título SEGUNDO: DE LA PLANEACIÓN
Capítulo PRIMERO: DE LA PLANEACIÓN Y LA PARTICIPACIÓN SOCIAL
Artículo 3. El Ejecutivo Federal, en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática del Desarrollo, incorporará objetivos y estrategias en el Plan Nacional de Desarrollo, para el aprovechamiento sustentable de la energía.
Con base en dichos objetivos y estrategias deberá elaborarse el Programa.