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Ley de Asistencia Social

Capítulo VI: Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia

Artículo 31. Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos que le competen, El Organismo contará con los siguientes órganos superiores:

  1. a) Junta de Gobierno, y

    b) Dirección General.

    La vigilancia de la operación del Organismo quedará a cargo de un Comisario.

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