Ley de Aviación Civil
Capítulo I: Disposiciones generales
Artículo 1. La presente Ley es de orden público y tiene por objeto regular la explotación, el uso o aprovechamiento del espacio aéreo situado sobre el territorio nacional, respecto de la prestación y desarrollo de los servicios de transporte aéreo civil y de Estado.
El espacio aéreo situado sobre el territorio nacional es una vía general de comunicación sujeta al dominio de la Nación.