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Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores

Título SEGUNDO: AYUDA ALIMENTARIA

Capítulo II: Modalidades de Ayuda Alimentaria

Artículo 11. Los vales que se utilicen para proporcionar ayuda alimentaria en términos de la presente Ley deberán reunir los requisitos siguientes:

  1. I. Para los vales impresos:

    1. a) Contener la leyenda“Este vale no podrá ser negociado total o parcialmente por dinero en efectivo”;

      b) Señalar la fecha de vencimiento;

      c) Incluir el nombre o la razón social de la empresa emisora del vale;

      d) Especificar expresamente si se trata de un vale para comidas o para despensas, según sea el caso;

      e) Indicar de manera clara y visible el importe que ampara el vale con número y letra, y

      f) Estar impresos en papel seguridad.

    II. Para los vales electrónicos:

    1. a) Consistir en un dispositivo en forma de tarjeta plástica que cuente con una banda magnética o algún otro mecanismo tecnológico que permita identificarla en las terminales de los establecimientos afiliados a la red del emisor de la tarjeta;

      b) Especificar expresamente si se trata de un vale para comidas o para despensas, según sea el caso;

      c) Indicar de manera visible el nombre o la razón social de la empresa emisora de la tarjeta, y

      d) Utilizarseúnicamente para la adquisición de comidas o despensas.

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