Estatuto del Gobierno del Distrito Federal
Título SEXTO: DE LAS AUTORIDADES ELECTORALES LOCALES Y LOS PARTIDOS POLÍTICOS
Capítulo IV: DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo 128. El Tribunal Electoral del Distrito Federal será órgano autónomo y máxima autoridad jurisdiccional para la solución de controversias en esta materia.