Código Penal Federal
Libro PRIMERO
Título SEGUNDO
Capítulo IX: Suspensión de derechos
Artículo 46. La pena de prisión produce la suspensión de los derechos políticos y los de tutela, curatela, ser apoderado, defensor, albacea, perito, depositario o interventor judicial, síndico o interventor en quiebras, árbitro, arbitrador o representante de ausentes. La suspensión comenzará desde que cause ejecutoria lasentencia respectiva y durará todo el tiempo de la condena.