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Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

Libro cuarto: De los procedimientos especiales en las direcciones ejecutivas

Título primero: De los procedimientos del Registro Federal de Electores

Artículo 176

  1. 1. El Instituto Federal Electoral debe incluir a los ciudadanos en las secciones del Registro Federal de Electores y expedirles la credencial para votar.

    2. La credencial para votar es el documento indispensable para que los ciudadanos puedan ejercer su derecho de voto.

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