Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales
Libro cuarto: De los procedimientos especiales en las direcciones ejecutivas
Título primero: De los procedimientos del Registro Federal de Electores
Artículo 174
1. Las dos secciones del Registro Federal de Electores se formarán, según el caso, mediante las acciones siguientes:
a) La aplicación de la técnica censal total o parcial;
b) La inscripción directa y personal de los ciudadanos; y
c) La incorporación de los datos que aporten las autoridades competentes relativos a fallecimientos o habilitaciones, inhabilitaciones y rehabilitaciones de derechos políticos de los ciudadanos.