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Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

Libro tercero: Del Instituto Federal Electoral

Título quinto: De las mesas directivas de casilla

Artículo 156

  1. 1. Para ser integrante de mesa directiva de casilla se requiere:

    1. a) Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y ser residente en la sección electoral que comprenda a la casilla;

      b) Estar inscrito en el Registro Federal de Electores;

      c) Contar con credencial para votar;

      d) Estar en ejercicio de sus derechos políticos;

      e) Tener un modo honesto de vivir;

      f) Haber participado en el curso de capacitación electoral impartido por la Junta Distrital Ejecutiva correspondiente;

      g) No ser servidor público de confianza con mando superior, ni tener cargo de dirección partidista de cualquier jerarquía; y

      h) Saber leer y escribir y no tener más de 70 años al día de la elección.

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