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Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

Libro tercero: Del Instituto Federal Electoral

Título quinto: De las mesas directivas de casilla

Artículo 155

  1. 1. Las mesas directivas de casilla se integrarán con un presidente, un secretario, dos escrutadores, y tres suplentes generales.

    2. Las Juntas Distritales ejecutivas llevarán a cabo permanentemente cursos de educación cívica y capacitación electoral, dirigidos a los ciudadanos residentes en sus distritos.

    3. Las Juntas Distritales ejecutivas integrarán las mesas directivas de casilla conforme al procedimiento señalado en el artículo 240 de este Código.

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