Código de Justicia Militar
Libro TERCERO: Del Procedimiento
Título OCTAVO: Prevenciones generales
Artículo 920. Todas las multas que se impongan y los documentos en que consten las fianzas otorgadas, cuandoéstas deban hacerse efectivas, se entregarán a la Tesorería General de la Nación o a las jefaturas de hacienda respectivas.