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Código de Justicia Militar

Libro TERCERO: Del Procedimiento

Título OCTAVO: Prevenciones generales

Artículo 895. Todas las hojas de un proceso serán foliadas por el secretario quien cuidará de poner el sello del tribunal en el fondo del cuaderno, de manera que abrace las dos caras. Todas las fojas del expediente en que conste una instrucción, deberán estar rubricadas en el centro por el secretario, y si la persona examinada quisiere firmar cada una de las fojas en que consta su declaración, o imprimir en ellas sus huellas digitales, se permitirá que lo haga.

Si antes de que se pongan las firmas ocurrieren algunas modificaciones o variaciones, se harán constar. Si ocurrieren después de haber sido puestas las firmas, se asentarán por el secretario, firmando o imprimiendo sus huellas digitales, las personas que hayan intervenido en la diligencia.

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