Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Código de Justicia Militar

Libro TERCERO: Del Procedimiento

Título SEXTO: De la ejecución de sentencia

Capítulo II: De la libertad preparatoria y retención

Artículo 856. Los sentenciados que salgan a disfrutar de la libertad preparatoria, quedarán sometidos a la vigilancia de la autoridad militar, en el lugar que la Secretaría de Guerra y Marina les designe para residencia, salvo el caso de que vayan a prestar sus servicios en el Ejército.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.