Código de Justicia Militar
Libro TERCERO: Del Procedimiento
Título TERCERO: Del juicio
Capítulo V: Del juicio ante el consejo de guerra extraordinario
Artículo 707. En caso de lesiones no se esperará el resultado de éstas para la continuación de la causa; ésta seguirá adelante con sólo la comprobación del cuerpo del delito.